• El juicio oral, que se extendió por dos semanas, contó con peritajes claves desarrollados por el equipo del Centro de Atención Integral a Víctimas de Delitos Violentos (CAVI) de la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) Biobío en la Región de Aysén, en una labor conjunta con el Ministerio Publico.
El Tribunal Oral en lo Penal de la Ciudad de Coyhaique, declaró culpable y sentenció a Pastor Evangélico de la ciudad por delitos de violación, estupro, abuso sexual y almacenamiento de material pornográfico infantil, en contra de 4 víctimas, las cuales eran menores de edad al momento de cometido los ilícitos.
El juicio oral, que se extendió por dos semanas, contó con peritajes claves desarrollados por el equipo del Centro de Atención Integral a Víctimas de Delitos Violentos (CAVI) de la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) Biobío en la Región de Aysén, en una labor conjunta con el Ministerio Publico.
Nicole Magne Chible, Trabajadora Social del CAVI Coyhaique, precisó que el centro especializado aportó distintos informes sociales e informe de daño de las víctimas; lo que se suma a la querella patrocinada por el abogado coordinador en representación de tres de las víctimas.
“Como equipo CAVI, creemos que la importancia del trabajo pericial que se realiza para acreditar daño y las circunstancias temporo-espaciales -a nivel social- constituye una prueba de gran valor para lograr condenas en delitos sexuales como fue en este caso.
A ello agregó que “las pericias entregan el contexto social, familiar, vulnerabilidad psicosocial y las consecuencias que el hecho genera en la vida de las víctimas y su entorno. Todo esto, realizado desde un enfoque ético, y cuidando siempre evitar la re victimización en torno a las técnicas que el equipo CAVI Coyhaique utiliza”.
La Directora Regional de la CAJ Biobío en la Región de Aysén, Ma. Francisca Vilches Gálvez, destacó la labor realizada por el equipo CAVI, especialmente en la labor pericial.
“Si bien aún quedan recursos que presentar por parte de la defensa, esta sentencia marca un precedente en las relaciones con el Ministerio Público, y hace destacar la importancia del trabajo pericial realizados por dupla psicosocial en las condenas”, enfatizó.
El Tribunal dictó las penas de presidio perpetuo simple, inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos; la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios, o profesiones ejercidas en ámbitos educacionales, o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad.