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Corporación de Asistencia Judicial Biobío
Somos tu acceso a la Justicia

CAJ Biobio

La Nueva Justicia Laboral, que moderniza la forma de resolver los conflictos en los tribunales de nuestro país, a través de un sistema oral, público y rápido, consagra el derecho de todos los trabajadores de escasos recursos, que tengan un conflicto con sus empleadores, a contar con asistencia jurídica gratuita y especializada.

Este derecho se cumple en nuestra Institución a través de Oficinas de Defensoría Laboral, que cuenta con profesionales especialistas en la materia para otorgar a los trabajadores dicha asistencia jurídica y, si es necesario, patrocinio en juicio, en las siguientes materias:

Recomendaciones para una atención más rápida y efectiva

  • Haga previamente el reclamo ante la Inspección del Trabajo.
  • Procure tener el nombre completo, RUT y domicilio de su empleador (un domicilio donde pueda ser notificado).
  • Fíjese en que el acta de la Inspección del Trabajo esté completa y que mencione claramente todas sus reclamaciones y todos los documentos que usted presentó.
  • Al ir a la Oficina de Defensa Laboral, lleve todos los documentos pertinentes que estén en su poder:
    • Contrato de Trabajo
    • Últimas 3 liquidaciones de sueldo
    • Carta de despido
    • Acta de reclamo y acta de comparecencia ante la Inspección del Trabajo
    • Certificado consolidado de pago de cotizaciones de AFP, cesantía y salud
RECUERDE QUE LAS ACCIONES JUDICIALES EN MATERIA LABORAL TIENEN PLAZOS BREVES. CUANDO TENGA UN CONFLICTO, NO SE DEMORE EN CONSULTAR.

Criterios de Atención

  1. Tratarse de trabajadores regidos por el Código del Trabajo
  2. Que ingreso líquido sea igual o inferior a 2,36 IMM.
  3. Para casos por fuero materno, el ingreso liquido debe ser igual o inferior a 4,72 IMM.

Procedimientos

La nueva Justicia Laboral atiende 5 procedimientos:

Ordinario o de aplicación general: Incluye aquellos procedimientos por accidentes del trabajo, enfermedades profesionales, desafueros, desahucios, indemnizaciones, fueros, imposiciones, pensiones, remuneraciones.

De tutela laboral: Es aplicado en situaciones laborales que afectan algunos de los derechos fundamentales de los trabajadores consagrados en la Constitución Política. Ejemplos: Actos discriminatorios por raza, sexo, edad, religión, opinión política; infracciones por prácticas desleales o antisindicales y negociación colectiva, entre otras.

Monitorio: Se trata de aquellos procedimientos por reclamos o demandas de menor cuantía que sean iguales o menores a 10 ingresos mínimos mensuales. Se trata que el procedimiento sea breve (iniciado ante la Inspección del Trabajo) y que sea visto en una sola audiencia.

Ejecutivo: Tal como lo señala su nombre, se trata de un procedimiento forzado o ejecutivo. Es decir, se trata de una sentencia que se debe hacer cumplir.

De Reclamación de Multas y demás Resoluciones Administrativas: Procedimiento que se da en el caso que la Inspección del Trabajo curse multa administrativa a un empleador o dicte resoluciones de su competencia.

¿En qué consiste la prestación?
Consiste en la entrega de defensa jurídica especializada, interdisciplinaria e independiente, a niños, niñas y adolescentes (NNA) que se encuentran en modalidades alternativas de cuidado, con el objetivo fundamental de asegurar una defensa técnica especializada, construida a partir de los aportes profesionales de una tripleta compuesta por un abogado, un psicólogo y un trabajador social, ejerciendo los mecanismos judiciales y extrajudiciales correspondientes a fin de obtener el resguardo efectivo de los derechos de los NNA, promoviendo su retorno a una vida en familia (ya sea de origen, de acogida o a través de un proceso de adopción) y el acceso a servicios que posibiliten una reparación del daño causado.

Destaca la independencia del Programa, que, en su misión de proteger y restituir los derechos de los niños, niñas y adolescentes a quienes representa, puede accionar en contra del Estado, y sus distintos ministerios, servicios y organismos, así como en contra de cualquier persona o institución que sea responsable de vulneraciones, sean o no constitutivas del delito.

Parte fundamental del modelo lo constituye la exigencia de entrevistar u observar de manera presencial y en condiciones de confidencialidad a cada NNA a lo menos una vez al mes, o cada vez que se acerque una audiencia, o cuando el NNA, residencia o programa FAE lo requiera. La cercanía y confianza entre los equipos y sus representados son la base de la intervención.

El Programa Adulto Mayor (PAM); una dupla especializada entre abogada/o y Trabajador/a social, brinda atención preferente y representación jurídica especializada a personas mayores a partir de los 60 años, mejorando así el acceso a la justicia.

¿Qué materias abordamos?

  • Maltrato contra la persona mayor.
  • Violencia intrafamiliar contra la persona mayor.
  • Abuso patrimonial.

¿Qué servicios entregamos?

  • Orientación e Información a las Personas Mayores sobre sus dudas o consultas en el área jurídica y/o social.
  • Difusión de derechos y prevención de conflictos a la comunidad.
  • Realizando alternativas no judiciales para resolver conflictos.
  • Representando y defendiendo a las Personas Mayores en determinadas materias ante los Tribunales de Justicia.

¿En qué consiste la prestación?
Es una nueva línea de asistencia jurídica integral de las Corporaciones de Asistencia Judicial, mediante la cual se reconoce a este público objetivo el derecho a contar con representación jurídica especializada, esto es, de abogados que tengan conocimiento y formación en derecho de familia, derechos humanos, en la Convención de Derechos del Niño y de las Observaciones Generales del Comité de Derechos del Niño, quienes serán atendidos de manera exclusiva por estos abogados, y acompañados durante todo el proceso, haciendo posible el ejercicio de sus derechos, en el marco de un debido proceso que los visualiza como sujetos titulares de derechos humanos, que, por su condición, merecen especial protección por parte del Estado.

El Objetivo de esta línea es procurar defensa jurídica especializada de los Niños Niñas y Adolescentes para garantizar su efectivo acceso a la justicia y el debido proceso de las causas judiciales en que se busca proteger sus derechos, asegurando su comparecencia y participación en las decisiones que lo afectan.

Los Centro de Atención Integral a Víctimas de Delitos Violentos (CAVI) son unidades dependientes de la Corporación de Asistencia Judicial, su función principal es brindar atención gratuita, interdisciplinaria, en las áreas jurídica y psicosocial, a aquellas personas que han sido víctimas directa e indirectas, de un delito violento, que no pueden procurarse por sí mismo la atención antes indicada.

Nuestro equipo está formado por profesionales abogados(as), trabajadores sociales y/o psicólogos (as) capacitados y con experiencia en la atención jurídica, judicial, social y psicológica a víctimas.

Nos encontramos en Chillan, Concepción, Temuco; Valdivia, Puerto Montt y Coyhaique.

Se otorgan Servicios de:

  • Orientación e información.
  • Atención jurídica, judicial, social y/o psicológica.
  • Difusión y promoción de derechos.

Los objetivos que mueven nuestro trabajo son:

  1. Brindar atención interdisciplinaria a víctimas de delitos violentos y sus familias.
  2. Prevenir y atenuar las consecuencias secundarias de ser víctima y, además, proteger los derechos de las personas afectadas, haciendo efectiva la responsabilidad legal del agresor y la reparación del daño y perjuicio causado.
  3. Entregar a la comunidad herramientas que le permitan conocer y ejercer sus derechos, incorporando a la víctima y a su red social primaria como sujetos activos en el enfrentamiento y superación del impacto del delito, de acuerdo con sus potencialidades y a los recursos externos otorgados por el sistema o medio en el que se desenvuelve.

Delitos atendidos:

  • Homicidios
  • Delitos Sexuales
  • Lesiones graves o gravísimas
  • Cuasidelitos de homicidio
  • Cuasidelito de lesiones graves o gravísimas
  • Robos con violencia o intimidación
  • Robos calificados VIF constitutiva de delito Femicidio
  • VIF constitutiva de delito
  • Tráfico ilícito de migrantes y trata de personas
  • Otros

Los centros de mediación son un servicio específico, que ofrece y posibilita la resolución de conflictos mediante un proceso no adversarial, fundamentalmente la mediación, a las personas que buscan ayuda jurídica ante un problema en los Consultorios Jurídicos de la Corporación de Asistencia judicial.

Están ubicados en Chillan, Concepción, Temuco y Puerto Montt.

Los centros de mediación están conformados por mediadores, profesionales capacitados, formados y entrenados en las temáticas, teorías, modelos, técnicas y prácticas de la mediación, cuya función es intervenir con su conocimiento en ayuda a las partes involucradas en un conflicto, favoreciendo que éstos lo resuelvan a través de un(os) acuerdo(s) mutuamente satisfactorio(s), guardando condición de neutralidad e imparcialidad ante ellos, favoreciendo la feliz solución a la situación problema que presentan.

Sus objetivos son:

  • Proveer un acceso adecuado a la justicia de los habitantes de su jurisdicción, mediante el desarrollo y difusión de los mecanismos de resolución alternativa de conflictos desde una perspectiva multidisciplinaria.
  • Introducir y validar la aplicación de mecanismos alternativos de resolución de conflictos en la comunidad jurídica y no jurídica.
  • Desarrollo y utilización de técnicas de resolución alternativa de conflictos, principalmente la Mediación en problemáticas sabiendo que, de no intervenir con estas acciones, estos conflictos sean susceptibles de judicializarse.
  • Ser un ente rector en su jurisdicción, tanto en el ámbito teórico como práctico en materia de Resolución Alternativa de Conflictos, particularmente mediación.

Materias que atienden:

  • Acciones contra discriminación por discapacidad
  • Adulto mayor, maltrato y/o vulneración
  • Civil
  • Comunitario
  • Vecinal
  • Familia, con excepción de las materias obligatorias de mediación familiar (Alimentos, cuidado personal y el derecho de los padres e hijos e hijas que vivan separados, a mantener relación directa y regular, art. 106, Ley 19.968) y, situaciones donde hay antecedentes de violencia intrafamiliar
  • Penal (principalmente cuasidelitos)
  • Laboral

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